martes, 22 de abril de 2008

Reglas del juego urbano

Reglas del juego urbano

Por José Luis Cuéllar Garza
(22-Abr-2008).-

En el transcurso de la semana pasada, el Tribunal Administrativo del Estado emitió una serie de resoluciones sin precedente cercano, de la mayor trascendencia para la vida urbana, los intereses comunitarios, la actuación administrativa de los gobiernos municipales, el sistema de tutela de los derechos vecinales y la actividad inmobiliaria en la zona metropolitana de Guadalajara.
Desde aquel 1988 en que ocurrió la demolición de una vivienda irregularmente construida en la Colonia Providencia, en acatamiento de sentencia firme originada en el entonces llamado Tribunal de lo Contencioso Administrativo hasta la fecha, no se sabía de un fallo jurisdiccional que supusiera revertir actos de autoridad considerados lesivos a los intereses de vecinos y mucho menos esbozar una postura judicial que -agotadas que sean las instancias y recursos de defensa previstos en la ley- llegaría a concretarse en la obligación de restituir las cosas a sus estado original, demoliendo lo edificado y/o moviendo tierras en caso de excavaciones para construir sótanos de estacionamiento o cimentaciones.
Apenas y resulta necesario explicar la trascendencia de los hechos. Las resoluciones emitidas (MURAL, Comunidad, 18 de abril, p. 4), se dan luego que los presuntos afectados directos y las asociaciones de vecinos de las zonas aledañas protestaron airadamente frente a licencias otorgadas en segunda instancia durante la pasada Administración municipal, mediante un recurso de revisión que modificaba (en distintas formas y al parecer de forma improcedente) el uso del suelo consignado en los planes parciales de desarrollo urbano. Se trata concretamente de un autobaño en zona residencial sobre la calle Manuel Acuña (que apenas iniciaba obras), un edificio sobre Eulogio Parra donde sólo están autorizadas viviendas horizontales (lugar en que se ha hecho ya una profunda excavación), una torre de departamentos en zona de unifamiliares en Alberta y Barranquilla (edificación condominal terminada y a la venta), más un estacionamiento particular en la misma Alberta y calle Rioja. Y aunque los litigios instaurados se encuentran en distinta fase procedimental, existiendo además y para variar buena dosis de confusión tanto en la materia de fondo como en el abordaje procesal entre las partes (lo que dará lugar a una larga e impredecible sucesión de instancias y recursos) y no es cercana aun la eventual demolición del inmueble levantado, el caso arroja ya importantes lecciones que debemos rescatar.
La primera se refiere precisamente a la complejidad y lentitud de la maquinaria de justicia que ha de proteger a los ciudadanos contra la arbitrariedad de autoridades o particulares amparados en aquellas. Porque a nadie beneficia un sistema confuso y dilatado que genera inseguridad, altos costos profesionales e incuantificables daños patrimoniales a particulares, inversionistas, compradores de buena fe y al propio erario. Es cierto que hasta ahora, muchos promotores y constructores jugaron a vencer a los vecinos opositores mediante el cansancio, el desgaste económico, hostilidades de todo tipo o apostando al empate virtual, el empantanamiento procesal de los juicios o la ineficacia práctica de las sentencias, muchas veces condicionadas al otorgamiento de fianzas impagables.
El hecho es que con todo y sus limitaciones, el nuevo precedente puede servir a inhibir o moderar al menos la actitud muchas veces arrogante con que actúan los inversionistas, al tiempo que la liberalidad con que algunos funcionarios llegaron a manejar los trámites de dictaminación de usos del suelo y licencias de edificación. Con ello se reafirma además, el valor y prestigio de los planes parciales en tanto instrumentos centrales para construir de manera consensuada el modelo de ciudad al que aspiramos, equilibrando intereses particulares y garantías individuales con objetivos comunitarios y derechos colectivos.
Es esta la segunda reflexión a hacernos en voz alta. Frente a los casos en disputa, ahora que habrán de revisarse por mandato de Ley los cientos de planes parciales de desarrollo urbano vigentes en los municipios metropolitanos, son éstas las cosas en juego: hasta dónde queremos que crezca la ciudad, en extensión y altura; qué relación esperamos exista entre el hábitat privado, nuestro entorno vecinal y el espacio público; qué previsiones estamos dispuestos a respetar para garantizar corredores de movilidad eficientes e infraestructuras estratégicas; si vamos a respetar valores ambientales y patrimoniales de la ciudad; en qué medida queremos prolifere la segregación funcional o la armonización de actividades. Un debate vivo y decisivo el que tenemos por delante.